SCJN desecha declaración de inconstitucionalidad en acceso a información bancaria por parte de la FGR

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha desestimado la declaración general de inconstitucionalidad del artículo 142 fracción I de la Ley de Instituciones de Crédito, el cual otorga facultades a la Fiscalía General de la República (FGR) para obtener información bancaria sin orden judicial.
La ministra ponente Margarita Ríos Farjat explicó que la modificación legislativa del artículo 142, que sustituyó "procurador" por "fiscal", no alteró el sentido normativo de la ley. Sin embargo, destacó la importancia del control judicial para salvaguardar el derecho humano a la vida privada, especialmente en casos donde la FGR solicita información bancaria resguardada por el secreto bancario.
Esta decisión surge luego de que la Primera Sala de la Corte, en enero de 2023, declarara la inconstitucionalidad de dicho artículo al considerar que vulnera el derecho a la privacidad y el secreto bancario, al permitir a la FGR acceder a información financiera sin autorización judicial. Esta resolución estableció jurisprudencia por precedente obligatorio.
En consecuencia, cuando la SCJN determina la inconstitucionalidad de una norma general, se notifica a la autoridad emisora para que, en un plazo de 90 días, corrija el problema de inconstitucionalidad. Sin embargo, en este caso, la SCJN no ha encontrado motivos para ratificar dicha declaración, lo que implica que el artículo en cuestión seguirá vigente.