¿Qué pasará con las Afores de trabajadores fallecidos? La Corte aclara el tema
Las familias que tengan derecho a recibir los recursos de una Afore tras el fallecimiento de un trabajador recibieron una importante definición de la Suprema Corte: estos recursos no estarán sujetos al pago de ISR.
El Pleno de la SCJN determinó que el dinero acumulado en una cuenta individual forma parte del patrimonio generado por el trabajador mediante sus aportaciones y las relacionadas con su empleo y seguridad social.
Al llegar a manos de la persona beneficiaria, estos recursos pueden considerarse similares a una herencia o legado, razón por la que la Corte estableció la exención del impuesto.
La resolución fue aprobada por seis ministros y tres votaron en contra. El criterio tendrá carácter obligatorio para los casos que correspondan, dando mayor certeza a las familias sobre el tratamiento fiscal de estos recursos.
